Proporcionalidad,
responsabilidad y límites de un instrumento extraordinario de comunicación pública
Planteamiento. — ES-Alert nació para resolver un problema preciso: hacer llegar de forma inmediata instrucciones de protección a las personas situadas en una zona afectada por una emergencia o catástrofe inminente. Su potencia reside en interrumpir la normalidad: el teléfono emite un sonido difícil de ignorar y muestra un mensaje de la autoridad aunque la persona no se haya suscrito a ningún servicio. Precisamente por ello, no es un canal informativo más. La ampliación de su uso más allá de conductas urgentes y territorialmente justificadas puede erosionar la credibilidad del sistema y reducir su eficacia cuando resulte verdaderamente necesario. Cada envío obliga, por tanto, a preguntarse qué riesgo justifica esa irrupción, qué conducta concreta se espera de la población y qué coste tiene convertir una señal excepcional en una comunicación habitual.
1. Qué es ES-Alert y para qué fue creado
ES-Alert es la adaptación
española del protocolo europeo EU-Alert. Mediante la tecnología Cell
Broadcast, difunde desde las antenas de telefonía móvil un mensaje
simultáneo a los terminales presentes en un área determinada, sin conocer sus
números ni tratar datos personales. La selección es territorial, no personal, y
no reproduce exactamente el perímetro definido por la autoridad. El mensaje se
transmite a través de las estaciones base seleccionadas y alcanza a todos los
terminales situados bajo su cobertura efectiva, que puede desbordar ampliamente
el área de riesgo por la configuración de la red, la orientación y alcance de
las antenas o las condiciones del terreno. Así, en zonas llanas, una alerta
asociada a una nube tóxica puede recibirse a gran distancia del área
delimitada; en zonas montañosas, un aviso por una onda de avenida puede
alcanzar lugares situados incluso aguas arriba del punto de rotura. No se trata
de una anomalía ocasional ni siempre corregible mediante una mejor
delimitación, sino de una limitación inherente a la tecnología. Por ello, deben
ponderarse los destinatarios no expuestos y redactarse el mensaje de modo que
puedan reconocer si la instrucción les concierne. Dentro de sus competencias,
pueden emitir las alertas los centros autonómicos de coordinación de
emergencias —ubicados generalmente en las salas del 112— y el Centro Nacional
de Seguimiento y Coordinación de Emergencias —CENEM, dependiente de la
Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del
Interior—. El sistema distingue dos niveles: el nivel 1, denominado «Alerta de
Protección Civil», está activado por defecto en todos los terminales y no puede
desactivarse; el nivel 2, denominado «Pre-Alerta de Protección Civil», sí puede
ser desactivado por el usuario.
Su origen inmediato se encuentra
en el artículo 110 de la Directiva (UE) 2018/1972, que impuso a los Estados
miembro la disponibilidad de sistemas de alerta pública basados en telefonía
móvil desde el 21 de junio de 2022. En España, ES-Alert se integra en la Red de
Alerta Nacional como una herramienta adicional de protección civil, concebida
para enviar mensajes generalizados e inmediatos a la población situada en zonas
afectadas por emergencias o catástrofes inminentes. Su función protectora
consiste en inducir a tiempo una conducta de autoprotección útil: evacuar,
confinarse, evitar un itinerario, ascender a zonas seguras o seguir una
instrucción concreta.
2. Del aviso protector al aviso defensivo
En su aplicación conforme a su
finalidad protectora, ES-Alert constituye el último eslabón de una cadena:
existe un peligro grave, el área de riesgo está identificada, la evolución
exige actuar sin demora y el mensaje contiene una instrucción capaz de reducir
el daño. La huella de difusión puede exceder inevitablemente esa área, pero el
contenido debe permitir que sus destinatarios reconozcan si la instrucción les
afecta. Sin embargo, alrededor de esta función protectora han aparecido otros
incentivos. El emisor puede temer más el reproche posterior por no haber
enviado un mensaje que el perjuicio inmediato de enviarlo de forma excesiva,
imprecisa o prematura. Ese reproche no procede únicamente de una eventual
investigación judicial, sino también de la oposición política, los medios de
comunicación y la opinión pública, que tienden a valorar retrospectivamente la
decisión con información que quizá no estaba disponible cuando debía adoptarse.
Surge así el aviso defensivo: se alerta no solo para proteger, sino
también para dejar constancia de que se alertó.
La instrucción judicial sobre la
DANA de Valencia de 29 de octubre de 2024 ha reforzado inevitablemente ese
incentivo. La investigación ha situado en el centro del debate la hora, el
contenido y la cadena de decisión del mensaje enviado a las 20:11; algunos
autos conocidos públicamente lo califican como tardío y erróneo, y recuerdan
además que ES-Alert no era el único cauce posible para avisar a la población.
Mientras la causa permanezca abierta, no corresponde convertir valoraciones
instructoras ni testimonios contradictorios en conclusiones definitivas de
responsabilidad. El caso no demuestra por sí solo que las administraciones
estén utilizando ES-Alert de forma defensiva, pero sí permite identificar un incentivo
institucional verosímil: si el mensaje se percibe como futura prueba de
diligencia, aumentará la presión para enviarlo «por si acaso».
Ese desplazamiento sería
perjudicial. Un mensaje puede acreditar que fue emitido, pero no demuestra por
sí solo que la decisión fuera oportuna, el área adecuada, la instrucción
correcta ni el conjunto de la respuesta diligente. Tampoco debería utilizarse
como sustituto de la vigilancia, la comunicación ordinaria o la decisión
operativa. La responsabilidad pública no puede reducirse a conservar el recibo
de una alarma. Cuando el incentivo para enviar el mensaje deja de ser
exclusivamente protector, se vuelve imprescindible someter la decisión a un
juicio de proporcionalidad que valore su utilidad, necesidad y costes.
3. Proporcionalidad y acontecimientos
planificados
La proporcionalidad también rige
en la comunicación de emergencias. No basta con que el mensaje sea útil o
bienintencionado. Deben concurrir, al menos, cuatro condiciones: idoneidad,
porque la difusión pueda reducir efectivamente el riesgo; necesidad,
porque no exista un canal menos intrusivo con eficacia semejante; adecuación
temporal y territorial, porque se emita cuando aún sea posible actuar y la
huella de difusión guarde una relación razonable con el área de riesgo, aun
cuando ambas no puedan coincidir exactamente; y proporcionalidad estricta,
porque el beneficio esperado supere los costes de interrupción, alarma,
recepción por población no expuesta y desgaste de credibilidad.
El eclipse total de agosto de
2026 ofrece un caso fértil. Era un acontecimiento conocido con años de
antelación y objeto de planificación interadministrativa. Los riesgos
principales —observación solar inadecuada, desplazamientos masivos, calor,
incendios y aglomeraciones— eran indirectos y previsibles; las autoridades
publicaron con antelación recomendaciones sanitarias y de movilidad, y la DGT
estimó entre 400.000 y 1,5 millones de desplazamientos adicionales. Sin
embargo, el día del eclipse se enviaron mensajes ES-Alert en determinadas zonas
con recomendaciones generales sobre desplazamientos, gafas certificadas, calor
e incendios.
No es ilegítimo utilizar un
sistema de alerta ante un evento planificado: la planificación no excluye la
aparición de un peligro grave ni que una concentración masiva requiera una
instrucción urgente. Pero una recomendación preventiva general, conocida de
antemano y divulgable mediante campañas, medios, aplicaciones, paneles o redes,
no debería ocupar sin más el canal más intrusivo. La pregunta decisiva no es si
el eclipse «merecía atención», sino si, en un lugar y un momento concretos,
existía una conducta urgente que solo o principalmente podía inducirse mediante
ES-Alert. El propio sistema dispone de un nivel 2, denominado «Pre-Alerta», que
el usuario puede desactivar. Su existencia obliga a justificar por qué una
recomendación preventiva debe difundirse mediante la alerta imperativa de nivel
1, activada en todos los terminales y reservada para situaciones que exigen una
respuesta inmediata. Pero esa exigencia de inmediatez plantea una dificultad
adicional: decidir cuándo un riesgo todavía futuro justifica ya la activación
del sistema.
4. La trampa de la inminencia: predicción, observación y decisión
La exigencia de un riesgo
«inminente» encierra precisamente esa dificultad práctica: la alerta debe
enviarse mientras la conducta solicitada todavía puede reducir el daño, no
cuando el peligro ya se ha materializado. La predicción meteorológica trabaja
con probabilidades, ventanas temporales y áreas extensas; la decisión de
protección civil, en cambio, debe anticipar impactos concretos sobre una
población y un territorio determinados. Entre ambas operaciones existe una
brecha temporal y espacial que no se resuelve esperando a que la observación
confirme de manera incontrovertible que el agua ya ha llegado.
La decisión no depende únicamente
de la observación meteorológica. Requiere integrar predicciones y observaciones
de precipitación con información hidrológica sobre caudales, niveles, embalses,
barrancos y tiempos de propagación; datos territoriales sobre zonas inundables,
infraestructuras y vías de evacuación; y comunicaciones operativas procedentes
de servicios locales, centros de coordinación y equipos desplegados. A partir
de esa información, los simuladores y sistemas de ayuda a la decisión pueden proyectar
escenarios de evolución e impacto, comparar las consecuencias de distintas
medidas y estimar el tiempo disponible para aplicarlas. No sustituyen el juicio
de la autoridad competente ni eliminan la incertidumbre, pero permiten
fundamentar mejor la respuesta operativa y la oportunidad de medidas
preventivas, incluido el envío de ES-Alert. Tampoco basta, por sí sola, una
mayor frecuencia de actualización: los datos pueden proceder de redes
distintas, llegar con retrasos desiguales, cubrir el territorio de forma
incompleta o no traducirse automáticamente en impactos previsibles. Puede haber
abundancia de información y capacidad de modelización y, sin embargo, déficit
de conocimiento situacional y de tiempo para decidir.
Por ello, la activación no
debería descansar en un instante mágico de «inminencia» ni en un único umbral
meteorológico o hidrológico, sino en una ventana de decisión construida
mediante criterios de impacto: posibilidad razonable de daños graves; población
expuesta y localizable; convergencia de predicciones, observaciones y
comunicaciones operativas; tiempo necesario para recibir, comprender y ejecutar
la instrucción; coste de una falsa alarma; y consecuencias de no alertar. No se
trata de esperar una certeza imposible, sino de determinar cuándo la evidencia
disponible y el tiempo útil del aviso justifican su envío. Esperar la
confirmación puede hacerlo inútil; alertar ante cualquier posibilidad puede
hacerlo irrelevante.
5. Una doctrina mínima de uso
Piénsese en una persona que
circula por una autovía cuando su teléfono emite el sonido de ES-Alert. Si el
mensaje advierte de una inundación inmediata en el tramo que recorre y le
ordena abandonar la vía por una salida concreta, habrá hecho bien en detenerse
donde sea seguro para leerlo y actuar. También puede recibirlo sin estar
expuesta, porque la huella de difusión exceda inevitablemente el área de
riesgo; en ese caso, un mensaje bien redactado debería permitirle reconocer que
la instrucción no le concierne. Distinto es que descubra que contiene
recomendaciones generales para un acontecimiento planificado o que no solicita
ninguna conducta urgente: puede concluir entonces que la interrupción no estaba
justificada. Si esa experiencia se repite, la próxima vez quizá no se detenga.
La proporcionalidad no protege únicamente frente a la alarma innecesaria;
preserva la disposición de la población a prestar atención cuando el mensaje
sea verdaderamente decisivo.
ES-Alert necesita algo más que
competencia técnica para pulsar el botón: necesita una doctrina pública de
empleo. Esta debe distinguir la información preventiva, la prealerta y la
alerta; definir quién propone, valida y ordena el envío; permitir mensajes
previamente preparados por riesgos y conductas; exigir la comparación entre el
área de riesgo y la huella de difusión técnicamente disponible; identificar la
acción solicitada, su duración, el territorio al que se refiere y la autoridad
emisora; y prever la actualización, cancelación y evaluación posterior. Antes
de cada envío deberían poder responderse afirmativamente tres preguntas:
¿existe una conducta urgente y concreta que pueda reducir el daño?, ¿la
selección de estaciones base ofrece la huella de difusión más ajustada
técnicamente disponible y el mensaje permite distinguir a quién afecta la
instrucción? y ¿no existe un canal menos intrusivo con eficacia equivalente?
La evaluación no debería premiar
el número de mensajes, sino su oportunidad, comprensión, alcance, recepción y
efecto protector. También debe examinar las alertas que no se enviaron y las
que se enviaron sin necesidad. Solo así se evitarán dos patologías simétricas:
la omisión paralizante y la inflación defensiva.
Conclusión. — ES-Alert no
es óptimo cuando se reserva para un peligro ya materializado ni cuando se
utiliza ante cualquier riesgo imaginable. Lo es cuando permite actuar antes del
daño sobre la base de información suficiente, aunque incierta, y mediante una
instrucción proporcionada. La experiencia de la DANA no debería conducir a
alertar para cubrir responsabilidades, sino a mejorar la vigilancia, la
decisión y la comunicación. Y el uso ante acontecimientos planificados no debe
normalizar la excepcionalidad: cada canal —información, prealerta o alerta—
debe elegirse según la conducta que la población necesita adoptar. La decisión
de activar ES-Alert debería fundarse en criterios técnicos y de protección, no
en la disputa pública ni en el interés mediático, sin sustraerse por ello al
escrutinio ni a la crítica posteriores. Evitar presiones que desvirtúen su
finalidad protectora preserva la eficacia y la credibilidad del sistema y, con ellas,
la disposición de la población a atender el mensaje cuando resulte
verdaderamente decisivo. La cuestión no es si se avisó, sino si el aviso llegó
a quienes debía, cuando aún servía y diciendo con claridad qué hacer.
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